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ESTRANGULÓ A MUJER POR NEGARSE A TENER RELACIONES

Salvatierra, Gto. 29 de julio de 2017.- Un hombre fue sentenciado a 31 años y seis meses de prisión al ser encontrado culpable de privar de la vida a una mujer, a quien estranguló por negarse a sostener relaciones sexuales. Bajo el sistema tradicional, la Procuraduría General de Justicia del Estado acreditó ante un Juez que María de la Luz Islas Hernández murió a consecuencia de las lesiones causadas la noche de Navidad de 2015.

El cuerpo de la ofendida fue encontrado sin vida en su domicilio de la calle de Topacio en la colonia Lázaro Cárdenas en esta ciudad, en los primeros días del mes de enero, en estado de descomposición, tras varios días de no ser localizada.

De entrada, la PGJE estableció procedimientos técnicos específicos para la investigación de un feminicidio. Una prueba pericial rendida certificó que las lesiones sufridas en su conjunto fueron mortales por naturaleza, dadas las características de violencia empleada en contra de la ofendida.

La fé judicial incluyó la declaración de un testigo, quien observó cuando el hoy sentenciado infirió graves lesiones a la mujer

EDUARDO CISNEROS SAAVEDRA, de 22 años, alias El Pollo ó El Cohetero, con domicilio en la colonia Lázaro Cárdenas, fue detenido el 10 de enero de 2016, y al ser puesto a disposición del Juez Tercero Penal de Partido, se reservó su derecho a declarar sobre los hechos que lo inculpan.

Bajo la Averiguación Previa 1257/2015, el Agente del Ministerio Público Especializado en Investigación de Homicidios, consignó el expediente y obtuvo una orden de aprehensión para localizar al inculpado, quien fue detenido en una acción coordinada entre agentes de AIC y elementos de la SSPE, para dejar a esta persona en prisión.

Bajo el desarrollo de la investigación, se conoció que María de la Luz se encontraba en su domicilio la noche del 24 de diciembre de 2015, lugar hasta donde llegó el hoy sentenciado en compañía de un hermano y de otro masculino con la intención de celebrar la fiesta con ella.

El grupo estuvo hasta altas horas ingiriendo bebidas alcohólicas y ya en la madrugada, los tres hombres se retiran del domicilio.

Alcoholizado, Eduardo, insiste en volver al domicilio de la mujer y lo hace nuevamente en compañía de su hermano.

María de la Luz se encontraba sola. Escuchó cuando los hombres abrieron la puerta y uno de ellos la empuja hacia la recámara en donde intentó abrazarla y le propuso sostener relaciones sexuales, a lo cual ella se negó y abofeteó al agresor. El indiciado se alteró más por la reacción de la mujer y la insultó, al tiempo que la empujaba hacia la cama.

En un momento determinado la amarró con una bufanda de tela gris apretando alrededor del cuello hasta que la víctima cayó al piso ya sin signos vitales. Sin más, Eduardo salió del cuarto de la mujer y camina a la sala donde dormitaba su hermano, a quien le dice que es momento de irse.

Sin que lo notaran los hermanos, la escena había sido observada por el amigo de la finada, quien regresó al lugar para cerciorarse de que María de la Luz estuviera bien ya que había tomado mucho y, asomándose por la ventana fue testigo de cómo el ahora acusado privaba de la vida a la mujer.

Al curso del proceso penal, la PGJE sustentó uno de los contextos más comunes de las técnicas forenses, la investigación criminológica en la cual se reunieron todos aquellos indicadores que permitirán establecer el perfil de la persona que cometió el crimen, lo que permitió clarificar su entorno y conducta y esto facilitó su localización y captura.

Esta mañana, un Juez impuso sanción privativa de libertad por 31 años y seis meses de cárcel, además del pago por concepto de multa, reparación de daño e indemnización a favor del menor de edad dejado en la orfandad, con negativa de beneficio de ley para este sujeto.