Ciudad de México, 2025. Desde la reforma constitucional de 2017 y la reforma histórica de la Ley Federal del Trabajo en 2019, México ha avanzado en transformar su sistema de justicia laboral. Los conflictos más frecuentes, como despidos injustificados y violaciones salariales , siguen en la agenda pública, pero ya no se resuelven bajo el antiguo modelo corporativo.
Hoy existe un modelo institucional más sólido: con tribunales laborales independientes, un nuevo Centro de Conciliación y contratos colectivos ratificados por los propios trabajadores. Además, el principio del sistema dinámico de pruebareequilibra la relación desigual entre trabajador y patrón.
A pesar de ello, la transición no ha sido uniforme. En algunas entidades, los tribunales laborales todavía enfrentan atrasos significativos. Pero los cambios ya están dando frutos: más demandas laborales se resuelven con equidad, y los trabajadores tienen vías claras para defender sus derechos.
Ocho años después, el sistema jurídico laboral en México está lejos de ser perfecto, pero camina firme hacia la justicia real. Lo peor del corporativismo sindical ha perdido terreno, y lo mejor del derecho laboral se consolida con voz y estructura.
El sistema dinámico de la prueba significa que en los juicios laborales no se le exige al trabajador probar cosas que no puede tener a la mano (como contratos, recibos o controles de asistencia), porque esos documentos están bajo el control del patrón.
👉 En vez de aplicar la regla clásica de “el que afirma está obligado a probar”, la ley laboral reparte la carga de la prueba de manera justa:
- El patrón debe presentar los documentos y evidencias que solo él controla.
- El trabajador puede probar con indicios (testigos, contexto, inconsistencias) que demuestren que algo no fue voluntario o legal.
⚖️Fundamento : Art. 784 y 841 de la Ley Federal del Trabajo, y criterios de la SCJN que dicen que se debe valorar con sana crítica , tomando en cuenta la desigualdad real entre patrón y trabajador.
💬 Ejemplo sencillo:
Si el trabajador dice: “me despidieron injustamente” , no está obligado a presentar su contrato (porque lo tiene el patrón). El patrón es quien debe probar que el despido fue justificado o que la relación laboral ya no existía.
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